El vínculo de hecho tiene su auspicio jurídico en el art. 14 de la Constitución Española, el cual garantiza la igualdad de los españoles ante la ley y en el art. 9 también de la Constitución por el que los poderes públicos se obligan a promover la igualdad evitando situaciones de discriminación. Además resulta vital para comprender el nacimiento y desarrollo de las Uniones de Hecho la Resolución de 8 de febrero de 1994 del Parlamento Europeo sobre la igualdad de derechos de homosexuales de la Unión Europea.
En los últimos años se han incrementado el número de parejas que “formalizan” su relación registrándose como pareja de hecho.
Las notas características de una pareja de hecho son: la convivencia en pareja, de forma libre, pública y notoria de forma estable, de forma ininterrumpida durante 12 meses, mediando relación de afectividad.
Sobre los requisitos para registrar una pareja de hecho ya hablamos anteriormente en otro post. Si se encuentra interesado y quiere hacerse pareja de hecho en la Comunidad de Madrid, pinche aquí.
Cada año aumenta el número de enlaces de hecho, mientras que el número de matrimonios disminuye. Por ello el legislador poco a poco ha procedido a equiparar la situación de la pareja de hecho a la situación del matrimonio, encontrándose equiparadas actualmente ambas situaciones a nivel de permisos laborales, existiendo beneficios fiscales por ser pareja de hecho, posibilidad de obtener pensión de viudedad.
En el aspecto en el que la pareja de hecho aún no se asimila al Matrimonio es en materia de herencias y sucesiones, pero en el futuro dada la tendencia podría cambiar.
¿Es posible registrar una pareja de hecho ante Notario?
Actualmente NO es posible constituirse pareja de hecho ante Notario, existiendo como único conducto para formalizar una pareja de hecho en las Comunidades Autónomas con vecindad civil común. En estas Comunidades Autónomas la única vía existente es la solicitud de cita para formalizar pareja de hecho ante el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autónoma.
Si bien es cierto que esta situación no ha sido siempre así y anteriormente sí que era posible formalizar la pareja de hecho ante Notario. La promulgación de las diferentes leyes autonómicas sobre Uniones de Hecho y la creación de Registros de Uniones de Hecho en las diferentes comunidades Autónomas sustituyó a la labor que venían ocupando los notarios respecto a la inscripción de parejas de hecho.
En el caso de la Comunidad de Madrid fue mediante Decreto 36/1995 de 20 de abril cuando se creó el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid y posteriormente el 19 de diciembre de 2001 cuando se desarrolló la Ley 11/2001 de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.
Alternativas a la Pareja de hecho Notarial
* La pareja de hecho en el Registro de Uniones de Hecho
La principal alternativa a la pareja de hecho notarial, es la tramitación de pareja de hecho ante el registro de parejas de hecho de su Comunidad Autónoma. En FH Abogados somos expertos en este tipo de trámites, habiendo tramitado ya más 100 parejas de hecho para nuestros clientes de forma exitosa.
Este trámite requiere del cumplimiento de una serie de requisitos y la concurrencia de diferentes presupuestos para ser aceptada y efectivamente registrada nuestra pareja de hecho en el Registro de la Comunidad Autónoma correspondiente.
* El Matrimonio civil ante Notario
Otra solución que se plantea es la del Matrimonio civil ante Notario. Como hemos dicho, las figuras del matrimonio y de la pareja de hecho poco a poco se van asimilando.
La tramitación de matrimonio notarial puede ser un trámite igual de sencillo que la unión de hecho. Si a usted le urge establecer un vínculo matrimonial o de pareja de hecho, la solución más rápida es el Matrimonio notarial.
FH Abogados es un despacho de familia ubicado en el distrito de Chueca en Madrid. Con abogados altamente especializados en procesos de familia, tramitamos parejas de hecho en toda la Comunidad de Madrid y Matrimonios Civiles en toda España.
Si está interesado en nuestros servicios, no dude en contactar con nosotros. La primera consulta es totalmente gratis.
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