top of page
  • Foto del escritorAdrian fernandez fernandez

¿A quién le corresponde la vivienda familiar en el divorcio?


Casa familiar, el uso del domicilio familiar será para uno de los dos cónyuges

La atribución del uso y disfrute del domicilio familiar en el divorcio es uno de los temas estrella a la hora de abordar un procedimiento de divorcio y medidas paternofiliales. El Código civil y la jurisprudencia establecen las reglas para su atribución, existiendo cierta uniformidad por parte de los Juzgados de Familia a la hora de aplicarlas.


En primer lugar, variará la atribución del uso de la casa en función de la existencia de hijos menores o mayores de edad, así como de el régimen de guarda y custodia existente.



Atribución de la vivienda cuando existen hijos menores


Cuando existen hijos menores de edad, el uso de la vivienda familiar será atribuido al CÓNYUGE QUE TENGA LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS MENORES, hasta que alcance la mayoría de edad. Esto viene determinado por el art. 96.1 del Código Civil, siendo una norma cuya aplicación no admite dudas.


Esta situación se prolongará hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad. El Tribunal Supremo recientemente ha confirmado que no es posible limitar la atribución del uso de la vivienda a los menores mientras sigan siéndolo, pues lo que se protege con la atribución del uso y disfrute de la vivienda es proteger a los hijos menores.


¡OJO! A pesar de que la vivienda sea propiedad del cónyuge que no tenga la guarda y custodia de los menores, progenitor que tenga la guarda y custodia será al que le sea atribuido el uso de la vivienda familiar.


En los casos de guarda y custodia compartida, no existe una norma que establezca de forma terminante a quien le corresponde el uso y disfrute de la vivienda familiar. El Tribunal Supremo mediante su jurisprudencia ha desarrollado varios criterios que deben ser tenidos en consideración:


  • El interés más necesitado de protección.

  • Lo que sea más conveniente para los hijos.

  • Si la vivienda constituye el domicilio familiar, es privativa de uno de los cónyuges, o de ambos, o pertenece a un tercero.

La atribución del uso de la vivienda familiar en los casos de custodia compartida con hijos mayores de edad será siempre con limitación temporal. Es práctica habitual en los juzgados que se establezca el uso de la vivienda familiar por anualidades alternas hasta que se proceda a la liquidación de gananciales.


Atribución de la vivienda cuando existen hijos mayores


En el caso de que los hijos sean mayores de edad, la atribución del uso de la vivienda familiar se concederá al cónyuge más necesitado de protección. En todo caso, se adjudicará el uso de la vivienda familiar por un tiempo prudencial.


Cuando nos encontramos con hijos mayores de edad el criterio del interés del hijo ya no es el que condiciona la atribución del uso de la vivienda, sino que será el interés del cónyuge más necesitado de protección.


A pesar de que el hijo que anteriormente fue menor de edad y que ya ha cumplido la mayoría, siga viviendo en el domicilio familiar, NO SERÁ UN FACTOR DETERMINANTE para adjudicarle el uso de aquella.


En función de las circunstancias de cada caso la decisión judicial será tomada en un sentido y otro para considerar cuál de los cónyuges es el más necesitado de protección.

La clave es que en este caso la atribución del uso y disfrute de la vivienda será limitada temporalmente. En cuanto la necesidad de protección se tendrán en cuenta las circunstancias económicas, la edad de los cónyuges, la salud, la existencia de personas a cargo.


Atribución de la vivienda cuando no existen hijos


Cuando no existan hijos entre los excónyuges se aplicará el mismo criterio que para los cosas en el que existan hijos mayores de edad. En este caso rige el criterio del art. 96.2 del Código Civil y la atribución del domicilio familiar será para el cónyuge más necesitado de protección y siempre se limitará temporalmente la atribución.

 


En derecho de familia conviene estar acompañado de un abogado que sea experto en esta rama del Derecho. En FH Abogados somos un despacho familiar, con amplia experiencia en procedimientos de familia. Si está pensando en divorciarse, FH Abogados le asesorará legalmente a fin de encontrar la solución más satisfactoria. No dude en ponerse en contacto con un abogado del despacho y visite nuestro despacho de abogados de familia situado en el centro de Madrid.


FH abogados ofrece servicios jurídicos de alta calidad en toda España. Si tiene un problema, nosotros le brindaremos una solución.



bottom of page