La Ley de Enjuiciamiento Criminal española posibilita el enjuiciamiento de determinados delitos a través del conocido como juicio rápido. Entre los delitos que pueden ser juzgados por la vía del juicio rápido se encuentran los delitos contra la seguridad del tráfico.
¿Qué es un juicio rápido?
Es un procedimiento especial que se encuentra reservado para ciertos delitos con una pena privativa de libertad de menos de cinco años, siempre y cuando se haya incoado el procedimiento por atestado policial, haya sido detenida la persona o puesta a disposición del juzgado de guardia.
El juicio rápido y el delito de alcoholemia
El juicio rápido en los delitos contra la seguridad vial es la vía preferente de tramitación, especialmente en los delitos de alcoholemia, de velocidad y de conducción sin carnet.
El delito contra la seguridad vial por alcoholemia se encuentra regulado en el art. 379.2 del Código Penal:
1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
¡OJO! La conducción con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,6 mg por litro o con tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litros supone una presunción de encontrarse bajo la influencia del alcohol.
Ventaja del juicio rápido: reducción de la pena
El enjuiciamiento de este delito por la vía del juicio rápido ofrece una gran ventaja a los acusados si se alcanza una conformidad con los hechos: una reducción de un tercio de la pena solicitada por el ministerio fiscal.
Ilustremos esto con un ejemplo:
Javier decidió ir el fin de semana pasado a las fiestas de su pueblo, para lo que condujo su coche desde su domicilio habitual hasta su casa unos 20 km. La noche del viernes consumió tres copas de alcohol y cogió el coche para volver a su casa por la mañana. De camino a casa, un control de la guardia civil le para y arroja un resultado en etilómetro de aire espirado de 0,65 y 0,63 mg por litro en las dos pruebas realizadas con 10 minutos de diferencia. Por estos hechos la Guardia Civil denuncia a Javier y se le cita ante el Juzgado de Guardia para que se le tome declaración en las 72 horas siguientes.
Javier sería acusado a una pena de prisión de 3 a 6 meses o de multa de 6 a 12 meses o de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Si por ejemplo el ministerio fiscal pide para Javier la pena de 12 meses de meses de multa, si Javier se conforma con esta pena, la pena de 12 meses se reduciría en un tercio, es decir, la pena que se impondría a Javier sería de 8 meses de multa.
En el caso de que la pena que solicitara el ministerio fiscal para Javier fuera de 6 meses de multa, la misma también se reduciría en un tercio, quedando la pena fijada en 4 meses de multa.
¿Conformar siempre?
Cada caso tiene sus particularidades, existiendo incluso en estos delitos diferentes líneas de defensa. Aun entendiendo probada la conducción bajo los efectos del alcohol por la prueba etilométrica, el mismo etilómetro debe haber superado las revisiones periódicas, debe quedar probado que quien verdad conducía era el denunciado, se ha producido la práctica de la prueba de alcoholemia sin ningún tipo de irregularidad, etc. Como pueden comprobar son diferentes las líneas de defensa incluso en los delitos contra la seguridad vial, debiendo analizar cada caso concreto antes de aceptar una conformidad.
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